La FCT es un periodo de formación profesional que el alumno desarrolla en el ámbito productivo real, es decir, en la empresa.
Esta formación es obligatoria para obtener la titulación en cualquiera de los ciclos formativos que se ofertan a los alumnos.
Si se reúnen los requisitos adecuados, el alumno puede solicitar la exención de este módulo profesional.
Esta formación es obligatoria para obtener la titulación en cualquiera de los ciclos formativos que se ofertan a los alumnos.
Si se reúnen los requisitos adecuados, el alumno puede solicitar la exención de este módulo profesional.
OBJETIVOS:
Complementar la cualificación ya adquirida por los jóvenes en el centro educativo mediante el conocimiento de los procesos productivos reales.
Conocer e incorporarse a una organización empresarial, en la que los alumnos realizan actividades formativo-productivas propias de su perfil profesional.
Evaluar la competencia profesional de los jóvenes en situación real de trabajo.
REQUISITOS PARA ACCEDER A FCT:
1. Podrán iniciar el módulo de FCT los alumnos que hayan superado todos los módulos profesionales del ciclo formativo realizados en el centro educativo.
2. El equipo docente que imparte las enseñanzas al grupo de alumnos podrá valorar de forma individual si los alumnos que tengan pendiente de aprobar un módulo profesional que tenga atribuido un horario semanal no superior a ocho horas lectivas pueden acceder a realizar el módulo de FCT. Para ello tendrán en cuenta el grado de adquisición de la competencia general del título y de los objetivos generales del ciclo formativo, las posibilidades de recuperación del módulo suspenso y el aprovechamiento que el alumno pueda hacer del módulo de FCT.
ORGANIZACIÓN GENERAL:
La realización de la FCT requiere la colaboración entre los centros educativos y las empresas, que se concreta en la firma de un convenio de colaboración.
Se designa un tutor de empresa y un tutor del centro educativo, para el seguimiento y evaluación de los alumnos.
Se acuerda el “programa formativo” que contempla las actividades que han de realizar los alumnos en la empresa.
El convenio de colaboración que se firma no implica relación laboral de los alumnos con la empresa.
El Seguro Escolar, además de un Seguro de responsabilidad Civil y de Accidentes concertado a este fin por las administraciones educativas, cubre las posibles contingencias de los alumnos en la empresa.
REALIZACIÓN Y SEGUIMIENTO:
En los ciclos que se imparten en nuestro instituto, la duración de la FCT debe ser de 380 horas, y se puede realizar en dos posibles periodos (según la situación académica de cada alumno):
· Abril-mayo-junio ó
· Octubre-noviembre-diciembre
El alumno acude a la empresa en jornada de 8 horas diarias ajustándose aproximadamente al horario de la empresa.
El profesor tutor desarrollará una jornada quincenal en el Instituto con los alumnos, que expondrán sus actuaciones y su experiencia, así como cualquier incidencia o consulta que proceda.
Completado satisfactoriamente el periodo de FCT, lo que en nuestro instituto ocurre prácticamente en el 100% de los casos, el alumno recibe la calificación de “Apto” y puede incorporar esta primera experiencia profesional en su currículum.
El profesor tutor desarrollará una jornada quincenal en el Instituto con los alumnos, que expondrán sus actuaciones y su experiencia, así como cualquier incidencia o consulta que proceda.
Completado satisfactoriamente el periodo de FCT, lo que en nuestro instituto ocurre prácticamente en el 100% de los casos, el alumno recibe la calificación de “Apto” y puede incorporar esta primera experiencia profesional en su currículum.
¿Puedo elegir la empresa donde hacer las prácticas?
El alumno puede proponer una empresa en la que tenga un contacto. El tutor de FCT comprobará si cumple los requisitos necesarios para que se realicen las prácticas y realizará los trámites necesarios en caso de considerarla adecuada.
¿Puedo hacer la FCT en la empresa en la que estoy trabajando?
El alumnado que compatibilice trabajo y estudio, podrá realizar el módulo de FCT en centros de trabajo en la empresa con la que tenga relación laboral siempre que las actividades formativas y el horario del módulo de FCT no coincidan con las correspondientes a su actividad laboral habitual en la empresa. Deberá realizar solicitud motivada de la dirección del centro.
¿Tienen derecho a ayudas económicas los alumnos?
Tienen derecho a solicitar ayudas económicas todos aquellos alumnos que realicen el módulo de F.C.T. en empresas radicadas fuera, tanto de la localidad donde reside el alumno como de la del Centro Educativo y pertenezcan a un Centro Público.
Si un alumno de segundo curso tiene pendiente un módulo de primero y
aprueba todos los de segundo curso, pero no recupera el de primero
¿Podría hacer la FCT?
Sí, si la carga horaria no supera 200 horas y así lo decide el Equipo Educativo. Salvo en los Ciclos de modalidad e-learning que deberá tener todos los módulos aprobados. El alumno se debe poner en contacto con el profesor del módulo suspenso, para establecer el método de recuperación. El alumno puede solicitar la “renuncia” tanto del módulo pendiente como el de FCT, en el caso de que no sea posible realizarlo, de esta manera no cuenta la convocatoria.
¿Los alumnos/as tienen alguna relación laboral con la Empresa? ¿Los
Alumnos/as de FCT reciben dinero?
Durante el desarrollo del módulo profesional de formación en centros de trabajo, la relación del alumnado y el centro de trabajo como consecuencia de esa actividad, no tendrá naturaleza jurídica laboral ni funcionarial.